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Cosas que conviene saber sobre la traducción jurada
Las agencias de traducción a menudo nos encontramos con que existe cierto desconocimiento respecto de las diferencias entre traducción jurada y traducción ordinaria. Es algo muy normal, porque es un tema que no siempre resulta evidente, pero puede que en algún momento necesitéis una traducción y os conviene saber las diferencias entre una modalidad y otra. Lo que determina la elección de una traducción simple o una traducción jurada es fundamentalmente el destino que vaya a dársele, esto es, para qué la vamos a utilizar. Vamos paso a paso:
La traducción jurada es una traducción oficial realizada por un intérprete jurado acreditado por el Ministerio de Asuntos Exteriores para ejercer su profesión. El traductor jurado sería una figura, por así decirlo, similar a un notario, que se encarga de dar fe de que el contenido de la traducción coincide exacta y fielmente con su original. Un aspecto importante de las traducciones juradas es que siempre se expiden en papel y en ellas debe constar el encabezado, certificación, sello y firma del traductor correspondiente. Además, para que sean plenamente válidas, debe figurar en ellas absolutamente todo el contenido del original, entre otros, firmas, sellos, legalizaciones notariales, timbres, textos manuscritos, números de serie, etc.
Asimismo, es importante saber que los documentos originales deben superar todos los trámites de legalización que sean necesarios antes de hacer la traducción. Es decir, cualquier testimonio notarial o apostilla que nos pidan debe realizarse sobre el documento original.
Una vez realizada la traducción, si va a surtir efectos en el extranjero, es probable que nos pidan legalizar la firma del intérprete jurado en el Ministerio de Asuntos Exteriores. Lo habitual es que si el documento se traduce al castellano para utilizarse en un organismo del Estado español, no sea necesaria la legalización de la firma del traductor jurado.
Un dato fundamental es que las traducciones juradas en España tienen que pasar obligatoriamente por el castellano. Es decir, no es posible hacer una traducción jurada directamente de inglés a francés, sino que habría que realizar una primera traducción jurada de inglés a español y posteriormente otra de español a francés para completar el proceso.
La traducción ordinaria, por su parte, es una traducción igualmente profesional que realiza un traductor cualificado, con experiencia, hacia su lengua materna, de cualquier tipo de texto original sea cual sea el formato de partida. En estas traducciones los traductores se esfuerzan por mantener el formato del documento original en la medida de lo posible. No es necesario por tanto expedirlas en papel y pueden realizarse en innumerables extensiones de archivos (Excel, PowerPoint, Word, Indesign).
Llegados a este punto la pregunta es obligada, ¿en qué casos es preferible una traducción ordinaria a una jurada y viceversa?
La respuesta es bien sencilla: la traducción ordinaria es la opción recomendada en todos aquellos casos en los que no se requiera una traducción oficial del documento por parte del organismo o institución al que va dirigida. Algunos ejemplos generales de traducción ordinaria serían: textos publicitarios, páginas web, presentaciones o artículos de investigación entre otros. Por el contrario, la modalidad de traducción jurada, según nuestra experiencia, es la única modalidad que aceptan los organismos oficiales. Los documentos más habituales de los que se requiere traducción jurada son, entre otros, certificados de penales, expedientes académicos, títulos académicos, partidas de nacimiento o certificados de matrimonio.
Esperamos que esta entrada os ayude a decidir qué tipo de traducción es la adecuada para vosotros dependiendo de las circunstancias. ¿Alguna duda? ¿Sugerencias? Esperamos vuestras aportaciones.
AltaLingua
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